El Gobierno prohíbe a la banca encarecer los créditos en moratoria, pero permite vender seguros

El Ejecutivo ampliará el colectivo de personas vulnerables para adherirse a la medida

El Gobierno ha añadido nuevas advertencias a través de un Real Decreto-ley publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para que la banca no incremente a los clientes el coste de los créditos por acogerse a las moratorias puestas en marcha para hipotecas y crédito al consumo. Concretamente, el Ejecutivo establece que las entidades no pueden fijar nuevas condiciones en los préstamos que no tuvieran antes de adherirse a la medida. Es decir, no puede comercializar nuevos productos para estos créditos ni requerir nuevas garantías a los clientes.

No obstante, el Ejecutivo hace un excepción e indica que se hace necesario que el acuerdo entre las partes mantenga determinados contratos de seguros asociados al cumplimiento de la obligación de pago, cuyo mantenimiento favorece tanto al prestamista como al prestatario, en la medida que mantiene la calidad del crédito y, al mismo tiempo, permite al deudor cubrir contingencias que pueden impedir el adecuado cumplimiento del contrato. Por tanto, un aumento del coste del crédito por un acuerdo de seguro es la única excepción permitida a la prohibición general de incrementar los gastos o de cobrar comisiones a los afectados.

El texto señala que así se podrá situar en pie de igualdad con el resto de operaciones y no desincentivar la concesión de moratorias que afecten a las mismas, generalmente relacionadas con préstamos al consumo a corto plazo.

La banca española anunció hace dos semanas que había alcanzado un acuerdo para permitir que los clientes afectados por el coronavirus que se hayan adherido a la moratoria pública podrían, una vez acaben los plazos de ésta (tres meses), acogerse a la moratoria voluntaria privada puesta en marcha por el sector financiero. El sector permite que los afectados por el virus aplacen el pago de su hipoteca hasta doce meses y el de los préstamos personales, hasta seis meses.

Ahora, el Ejecutivo advierte que este trasvase de la moratoria pública a la privada solo podrá realizar una vez finalice la legal, para que los afectados se beneficien el máximo tiempo posible de las condiciones de la medida pública. La moratoria del Gobierno permite que los usuarios no paguen en esos tres meses ni el capital ni los intereses de los préstamos y, la de la banca, solo exime del pago del capital, por tanto los clientes seguirán abonando mes a mes los intereses de sus préstamos. 

Para facilitar la formalización de estas moratorias y evitar el riesgo de colapso del normal funcionamiento de los bancos y de las notarías y registros, se prevé una flexibilización del régimen ordinario de otorgamiento, que permita atender con «celeridad y eficiencia» las solicitudes presentadas durante el estado de alarma, muchas de las cuales todavía no han podido ser formalizadas.

Amplía el colectivo vulnerable

El Gobierno también ha decidido ampliar el colectivo de personas afectadas tras adoptar medidas de choque para asegurar la moratoria del económicamente más vulnerable, con el fin de evitar el impacto económico de la declaración de mora en el pago y, si se prolonga, el vencimiento anticipado del crédito y las correspondientes medidas de ejecución.

«El riesgo es mayor a medida que aumenta el tiempo de duración de la situación actual. Frenar esta situación en el colectivo de deudores afectados no constituye una necesidad que se mantenga de forma habitual, sino que nace de la situación extraordinaria en la que nos hallamos como consecuencia de la crisis sanitaria», indica el nuevo Real Decreto-Ley.